La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C. y la Cámara de Comercio de Bogotá D.C.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Nacional 780 de 2016, los Acuerdos Distritales N° 17 de 1997 y 11 de 2000 y 641 de 2016, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C., la Resolución N° 034 de 1999 de la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. y, la Circular 008 de 2017 expedida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C.
Convocan:
A las entidades sin ánimo de lucro de carácter gremial que agrupan empresarios de la producción con domicilio en Bogotá D.C. a presentar terna de candidatos, para la elección de su representante ante la Junta Directiva de las Subredes Integradas de Servicios de Salud Norte, Sur y Centro Oriente E.S.E.:
- Gremios de Producción:
Las entidades sin ánimo de lucro de carácter gremial deberán acreditar ante la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C., lo siguiente:
• Representación Legal (certificado de Cámara de Comercio) no mayor a treinta (30) días.
• Certificación expedida por la Cámara de Comercio, en la cual conste que las entidades sin ánimo de lucro de carácter gremial no se encuentren incursas en disolución y liquidación.
• Agrupación de empresarios de la producción, que desarrollen actividades en el área de influencia de las correspondientes Subredes Integradas de Servicios de Salud Norte, Sur y Centro Oriente E.S.E., para las cuales se elegirá el representante de los gremios de la producción. Esto será validado con el listado que aportará la Cámara de Comercio para aprobar los empresarios de la producción del área de influencia de la respectiva subred.
• Dar cumplimiento a los lineamientos del Capítulo III, numeral 2, 2.1 requisitos 2.1 de la Circular 008 de 2017, expedida por la SDS, los cuales se detallan a continuación:
– Hacer parte de la organización gremial correspondiente.
– Contar con la carta de acreditación vigente de la organización gremial que representa.
– Cumplir funciones específicas en la organización gremial de la cual hace parte.
– Acreditar experiencia de trabajo no inferior a un año en la organización gremial que representa.
– No encontrarse inmerso en conflicto de interés, ni incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la Ley:
• Parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil o con quien estén ligados/as por matrimonio o unión permanente con funcionarios/as del nivel
directivo de la Subred Integrada de Servicios de salud E.S.E., o de cualquiera de las USS que la conforman la subred.
• Quien se encuentre vinculado/a como servidor/a publico/a o contratista de la Subred Integrada de Servicios de salud E.S.E., o de las USS que la conforman.
• No haber sido sancionado/a penal, administrativa, fiscal y disciplinariamente en los últimos cinco años anteriores a la elección.
– No hacer parte de las Juntas Asesoras Comunitarias de las Unidades de Servicios de Salud.
- Candidatos postulados:
Los candidatos de las ternas que postulen los gremios de producción deben cumplir con los siguientes requisitos:
Decreto Nacional 780 de 2016, artículo 2.5.3.8.4.2.4:
• Estar vinculados y cumplir funciones específicas de salud en un Comité de Usuarios de Servicios de Salud; acreditar una experiencia de trabajo no inferior un (1) año en un Comité de Usuarios.
• No hallarse incursos en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley.
Dar cumplimiento a los lineamientos del Capítulo III, numeral 2, 2.1 requisitos 2.1 de la Circular 008 de 2017 expedida por la SDS, los cuales se detallaron en el numeral 1 Gremios de la Producción y que deben ser tenidos en cuenta para la postulación.
- Fecha recepción de los documentos:
La entidad sin ánimo de lucro de carácter gremial, a través de su representante legal, mediante oficio dirigido al Secretario Distrital de Salud, presentará las hojas de vida completas de su terna con sus respectivos soportes, anexando una carta de aceptación como miembro de la respectiva Junta, en caso de resultar elegido, y demás documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos enunciados. La designación se hará dentro de los diez (10) hábiles siguientes, contados desde el cierre del plazo para presentar terna, previa evaluación de las respectivas hojas de vida presentadas por las organizaciones gremiales de sus ternas de candidatos.
Soportes para la presentación de las hojas de vida por parte del representante legal de la agremiación:
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
• Certificado de Antecedentes Disciplinarios (Procuraduría General de la Nación).
• Certificado de Antecedentes Disciplinarios (Personería de Bogotá D.C.).
• Certificado de Antecedentes Fiscales (Contraloría General de la Republica).
• Certificado de Antecedentes Judiciales (Policía Nacional de Colombia).
• Carta de aceptación dirigida al Secretario Distrital de Salud.
• Certificación de tiempo de trabajo, funciones cumplidas y vinculación expedida por la respectiva organización que representa.
• Carta personal en la cual el postulado por la organización gremial declare no poseer inhabilidades e incompatibilidades de ley para ser posesionado y para ejercer su delegación en la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud.
• Hoja de vida, con fotografía reciente.
• Copia del documento de constitución de la organización que representa.
Fecha inicial de convocatoria: mayo 13 de 2026
Fecha límite para presentar terna: mayo 28 de 2026
Lugar: -Correspondencia – Centro de Documentación e Información (1 Piso Edificio Administrativo) de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C. Carrera 32 No. 12 – 81
-Dirección electrónica: contactenos@saludcapital.gov.co
Horario: 7:00 a.m. a 4.30 p.m.
Mayores informes:
Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C. Subsecretaría de Planeación y Gestión Sectorial – Carrera 32 No. 12– 81- Piso 3. Teléfono 364 90 90 extensión 9683.

